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Un POT para Cali. 03.02.2024

   Un Plan General a largo plazo, además de propuestas en lo cultural, económico, social, educativo, deportivo y recreativo, y de reforzamiento del jarillón del río Cauca, el suministro y reutilización del agua y de energía limpia, debe contar con un Plan de Ordenamiento Territorial, POT, el que oficialmente en Colombia “es un instrumento técnico y normativo de planeación y gestión del territorio; conformado por un conjunto de acciones y políticas, administrativas y de planeación física, que orientan el desarrollo del territorio municipal en el corto, mediano y largo plazo, regulando la utilización, ocupación y transformación del espacio físico urbano y rural” (minvivienda.gov.co).

              El POT se debe realizar en función del Área Metropolitana de la ciudad, a partir de la que de hecho existe y de sus conexiones con el resto del territorio nacional, la que hay que oficializar, integrando los respectivos planes de urbanismo, paisajismo y vialidad, los que se deben realizar simultáneamente, e interactuando entre ellos, en una verdadera oficina de planeación, junto con su socialización, valoración periódica y su consiguiente revisión si es del caso. Además debería haber un comité permanente de planeación para resolver los problemas de interpretación de dichos planes que se presenten, y su actualización.

              El Plan Urbano establece los usos del suelo y las densidades, y la configuración física de la ciudad: calles, plazas, parques, zonas verdes, puentes y edificaciones varias, más la infraestructura de energía, acueducto, alcantarillado y telecomunicaciones. Debe incluir las normas de arquitectura y construcción respectivas, como lo es establecer para las diferentes edificaciones los usos del piso bajo y su altura mínima, el uso de los pisos superiores, semisótanos y sótanos, y la ocupación del espacio en planta y altura, en tanto retrocesos, voladizos y aislamientos; junto con las normas indicadas para la protección del patrimonio construido de la ciudad y sus áreas de influencia.

              El Plan de Paisajismo debe definir la arborización de los andenes y antejardines de las calles, avenidas, paseos y malecones, y la de los separadores viales; la vegetación de los diferentes parques y zonas verdes; y las plantas y árboles frutales de los huertos comunales; siempre considerando su aspecto estético y ambiental, y este último además en relación con el cambio climático. Y lo mismo con respecto a la vegetación de los cerros tutelares y la cordillera con sus farallones al fondo, como la del cinturón verde, incluyendo el Jarillón, que debería rodear la ciudad separándola de las otras ciudades en el Área Metropolita.

              El Plan Vial debe ser pensado a partir del Plan Urbano, a la vez que lo condiciona, para una movilidad en la ciudad mediante un sistema público, multimodal e integrado para el Área Metropolitana y sus conexiones regionales, departamentales y nacionales. Sistema que va desde el transporte masivo (trenes y trolebuses biarticulados) el colectivo (buses articulados y comunes) el individual (taxis) y el privado (camiones, automóviles, motos, bicicletas y patinetas) mediante ejes urbano regionales, autopistas urbanas, pares viales, vías arterias, calles locales, ciclovías, y andenes que son el inicio y fin de toda movilización en una ciudad.

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